¿Qué pueden hacer los vecinos de la Comunidad contra los okupas?


¿Qué pueden hacer los vecinos de la Comunidad contra los okupas?
Prevent Security Systems    29/09/2020

Aunque el mayor perjudicado cuando se produce la Ocupación Ilegal de una vivienda, tanto si ésta se trata de un delito de allanamiento de morada como si es una usurpación, es el propietario de la vivienda, cuando ocurre uno de estos delitos, también se producen importantes daños colaterales en la Comunidad de Vecinos en la que se asientan los Okupas.

La presencia de Okupas en una Comunidad de vecinos puede deberse a causas muy diversas. Por ejemplo, algunas personas y familias en situaciones especialmente vulnerables son desahuciadas por no poder pagar la hipoteca o el alquiler del hogar, en el que permanecen ilícitamente.

No es este perfil el que suele causar problemas a los habitantes de una Comunidad de Propietarios, sino el de mafias y organizaciones criminales que se dedican a la Ocupación para lucrarse del esfuerzo ajeno, subarrendando las propiedades ocupadas a terceras personas o usando esos pisos para desarrollar dentro de ellos actividades ilegales.

Este tipo de Ocupación es la que desde su inicio ha generado una fuerte preocupación social y sensación de inseguridad en la ciudadanía, además suele conllevar comportamientos incívicos, ruidos, suciedad, vandalismo y destrozos en zonas comunes, amenazas o agresiones a otros propietarios o habitantes, y otras actividades delictivas relacionadas, contribuyendo al malestar de la Comunidad de Vecinos y a la consecuente devaluación y degradación de los barrios.

Tanto es así que durante los meses de verano de 2020 hemos visto multitud de noticias sobre protestas vecinales organizadas en urbanizaciones y barrios, y enfrentamientos de vecinos contra okupas, que han tenido lugar especialmente en Madrid, Barcelona y Valencia, por ser los territorios más castigados por la Ocupación Ilegal en España.

El papel del presidente y los vecinos contra los Okupas

A pesar de los, anteriormente mencionados, perjuicios que puede tener una Ocupación Ilegal para los vecinos, que tienen que pasar su día a día con los okupas, el único que puede iniciar los trámites legales para un desalojo es el propietario de la vivienda, ya sea este una persona física o una entidad... o quien demuestre legitimidad para habitar la vivienda.

A veces, si los pisos pertenecen a entidades bancarias, públicas, o se encontraban deshabitados, estos trámites legales tardan en iniciarse, lo cual dejaría en una situación de indefensión a los vecinos de la comunidad.

Aunque los vecinos no puedan denunciar la ocupación ilegal de un inmueble como si se trataran del propietario, sí que podrán tomar otras medidas contra los okupas. Por ejemplo, pueden denunciar los daños que éstos produzcan en los bienes y zonas comunitarias, o las actividades molestas, nocivas, ilícitas o insalubres que ellos realizaran.

Para ello deberán seguirse estos pasos:

  1. El presidente, por propia iniciativa o por petición de los vecinos deberá requerir a los okupas que cesen en las actividades prohibidas, advirtiendo de las acciones legales que se tomarán si continúan realizándose dichas actividades. Esta comunicación se deberá hacer mediante un medio oficial, como un burofax, que deje constancia de que se ha realizado tal requerimiento.
  2. Celebrar una Junta de Propietarios en la que se legitimara al Presidente, mediante acuerdo por mayoría simple, a ejercer acciones judiciales contra los okupas en representación de la Comunidad.
  3. Incluir en la Demanda todas las pruebas que demuestran las actividades denunciadas. Estas pruebas se pueden recabar mediante la extracción de imágenes en caso de que la Comunidad de Propietarios disponga de sistemas de videovigilancia en sus zonas comunes, o mediante partes de la Policía Municipal en caso de que los vecinos previamente hayan denunciado altercados con los okupas. También deberán incluirse en la demanda la prueba del requerimiento para que cesen con las actividades molestas, y el acta donde la junta aprueba que la denuncia contra los Okupas se tramite en nombre de la comunidad de vecinos.
  4. Se celebrará un juicio en el que se valorará si la actividad que perjudica a los vecinos para los vecinos es suficientemente grave para desalojar la vivienda.

El 15 de septiembre de 2020, la Fiscal General del Estado Dolores Delgado pide la intervención de los fiscales para agilizar el desalojo de los Okupas en aquellos casos en los que los vecinos se vean perjudicados, de modo en que el delito de allanamiento o usurpación contravenga el pleno disfrute de sus derechos.

¿Qué hacer si los okupas hacen un enganche a la instalación eléctrica?

Cuando los Okupas se introducen en viviendas vacías o abandonadas, como aquellas que son propiedad de los bancos, éstas no suelen contar con suministros de electricidad, gas o agua corriente. Una práctica habitual en estos casos es que hagan “enganches” a las instalaciones de la Comunidad de vecinos. Esto generará un sobrecoste para la Comunidad ya que los gastos de los Okupas se incluirían en sus facturas, y además puede llegar a ser peligroso, y en caso de incidente los seguros podrían negarse a dar cobertura.

En estos casos los vecinos podrán llamar a la compañía eléctrica para que envíe un técnico a hacer una revisión. Si en esta revisión se comprueba que se ha producido el “enganche”, esto servirá como prueba a la hora de interponer la demanda.

Otras formas de colaboración ciudadana:

El Ministerio del interior también ha considerado a los vecinos como un elemento clave en la lucha contra los okupas, por lo que en los próximos días habilitarán en la aplicación Alertcops una pestaña para denunciar a la policía estos delitos desde un primer momento, aportando pruebas como fotografías o videos.

Ocupación Ilegal Viviendas

El papel del administrador de fincas contra los Okupas:

El 61% de los Administradores de fincas aseguran haber sufrido casos de ocupaciones ilegales en las comunidades que ellos administran, el principal papel del Administrador de fincas es advertir al propietario del inmueble de que este ha sido ocupado.

El mayor problema para realizar este cometido lo encuentran en aquellos casos en los que la vivienda pertenece a promociones inmobiliarias, entidades bancarias, o que por un motivo u otro se encuentra desocupada. En estos casos la comunicación con el propietario del inmueble se demora demasiado, ocurriendo situaciones como que los Okupas se hayan empadronado en el edificio o hayan dado de alta suministros en la vivienda pagando los recibos, en cuyo caso los trámites judiciales podrán demorarse mucho.

¿Qué hacer si los okupas se ofrecen a contribuir con los gastos de la Comunidad?

Es bastante habitual que las entidades financieras propietarias de viviendas deshabitadas olviden, entre otras cuestiones, pagar las cuotas de la Comunidad.

Aunque legalmente es el contrayente de esta deuda, en este caso el banco, el que debe de saldarla, el artículo 1.158 del Código Civil establece que un tercero puede pagar estas deudas “de buena fe” con o sin conocimiento del deudor.

En algunos casos los Okupas se ofrecerán a pagar los gastos de la comunidad, ya que el resguardo de este pago hará dudar al juez de que haya un pacto verbal de arrendamiento entre el propietario y el okupa. Por ello ante tal ofrecimiento de pago, la Comunidad deberá avisar al propietario a través del Administrador de Fincas para asegurarse de que este lo acepta.

Hemos hecho un repaso de los daños que puede sufrir una Comunidad de Vecinos si se produce la ocupación ilegal de las viviendas que la conforman. Y también hemos analizado el papel que deben tomar los vecinos, así como el presidente y el administrador de fincas contra los okupas. Papel que toma especial importancia en los casos en los que la ocupación se produzca por usurpación de una vivienda vacía o deshabitada y los okupas provoquen problemas de convivencia o no respeten las normas de la comunidad.

Otro papel fundamental de las Comunidades de Propietarios es la prevención. Los vecinos podrán estar atentos a aquellas viviendas que sepan que están vacías en busca de marcas o acciones sospechosas. También es recomendable dificultar el acceso de intrusos al interior de la Comunidad mediante Sistemas de Control de Accesos, o alertar a la policía en el momento de la intrusión si esta se realiza con violencia, al haber un delito flagrante. Para ello será útil poder presentar imágenes captadas por los Sistemas de Videovigilancia, cuya trazabilidad permitirá utilizarlas como prueba judicial.

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