¿Qué mayoría es necesaria para eliminar el servicio de calefacción central?


¿Qué mayoría es necesaria para eliminar el servicio de calefacción central?
Prevent Security Systems    29/05/2019

Como explicábamos hace algunas semanas, la calefacción central de carbón tiene los días contados en Madrid. Los propietarios pueden optar por sustituir la vieja caldera por otro sistema de calefacción central menos contaminante como Biomasa, Gas Natural, Geotermia, Aerotermia… O bien optar por sistemas de calefacción individuales.

En este último caso, deberá suprimirse el servicio de calefacción central. ¿Qué pasos debemos seguir? ¿qué mayoría se hace necesaria para eliminar este servicio?

Si se decide suprimir la calefacción central, se trata de la supresión de un servicio de interés general, por lo que será necesario que sea aprobado por una mayoría cualificada tal y como indica el artículo 17.3 de la Ley de Propiedad Horizontal:

“3. El establecimiento o supresión de los servicios de portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, supongan o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirán el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación”.

Para la supresión del servicio de calefacción central, no será imprescindible que esta mayoría cualificada se alcance en la Junta, bastará con que se apruebe por mayoría simple de los votos favorables, siempre y cuando representen la mayoría simple de las cuotas de participación. La decisión de la supresión del servicio se notificará a los propietarios ausentes, quienes tendrán un plazo de 30 días desde la notificación del acuerdo para manifestar su discrepancia. En el caso de que no se pronuncien en contra, su voto y cuota de participación correspondiente se computará como voto favorable.

Si en la Junta de Propietarios se alcanza la mayoría cualificada de las 3/5 partes, no será necesario esperar los 30 días de plazo para que los propietarios ausentes puedan mostrar sus discrepancias y el acuerdo tendrá plena validez desde ese momento. 

Algunos propietarios no estamos de acuerdo en eliminar el servicio de calefacción central y queremos mantenerlo haciéndonos cargo de los gastos ¿es posible?
Una vez aprobado el acuerdo de supresión del servicio por esta mayoría cualificada en Junta de Propietarios, la comunidad ya no tendrá ninguna obligación legal de contribuir a su conservación. Ahora bien, si los propietarios contrarios a la supresión del servicio deciden mantener el servicio, podrían hacerlo siempre y cuando la comunidad lo permita, haciéndose cargo de todos los gastos de la calefacción (conservación, averías, combustible…).

He votado en contra de la supresión del servicio… ¿debo pagar los gastos de la supresión?
La supresión definitiva del servicio de calefacción central tiene unos costes inherentes que se repercutirán a todos los propietarios, independientemente de que hayan votado en contra de su supresión. Entre estos gastos, se encuentran tanto la desconexión, desmontaje, desescombro y transporte de los materiales desguazados…

2 Comentario(s)

  1. Mi pregunta es: Si la ley dice que para la supresion del servicio, necesita el 3/5 parte de votos de todos los propietarios, como se puede suprimir el servicio con 3/5 parte en la junta de propietarios? En mi comunidad hay 37 viviendas, y en la junta estabamos 14, el administrador dice que hay que contar "votos rogados" ahora bien, hay propietarios que viven en Madrid, Catalunya, Pais Vasco etc. La comunidad esta en extremadura. Me puedeis informar del procedimiento que hay que seguir?

  2. Mi pregunta es: Si la ley dice que para la supresion del servicio, necesita el 3/5 parte de votos de todos los propietarios, como se puede suprimir el servicio con 3/5 parte en la junta de propietarios? En mi comunidad hay 37 viviendas, y en la junta estabamos 14, el administrador dice que hay que contar "votos rogados" ahora bien, hay propietarios que viven en Madrid, Catalunya, Pais Vasco etc. La comunidad esta en extremadura. Me puedeis informar del procedimiento que hay que seguir?

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