Comprar un aire acondicionado de tipo Split, con sus correspondientes compresor y condensador situado en el exterior de la vivienda (mientras que la unidad evaporadora y de control de comando se sitúa en el interior), supone una inversión considerable.
Si bien son muchas las comercializadoras que ofrecen ventajosas condiciones de financiación para comprar un aire acondicionado, es cierto que aun así supone un gasto que va de los 500 euros a los 1.200 euros de media, si hablamos de un aparato con un mínimo de garantías de calidad.
De ahí que no sea plato de buen gusto retirar un aire acondicionado recién instalado en el caso de que se hayan incumplido normas al respecto. Por ello, es fundamental conocer la normativa con la que opera cada comunidad de vecinos, hablar con el presidente de la comunidad y conocer qué dicen, si los hay, los estatutos de la comunidad de vecinos en la que vives (y quieres colocar un aire acondicionado).
¿Dónde está prohibido poner el aire acondicionado?
La normativa municipal en España respecto a aires acondicionados puede variar de una localidad a otra, pues depende de normas municipales propias y las ordenanzas particulares respecto a la estética que se quiere preservar (o no) de las fachadas, así como garantizar la seguridad de los ciudadanos y promover la eficiencia energética (normativa aire acondicionado de Madrid).
En ciudades caracterizadas por su gran patrimonio histórico y artístico, estas medidas pueden ser especialmente restrictivas, como es lógico, forzando a que la colocación de los aparatos de aire acondicionado sean en patios interiores.
Además, si el edificio tiene valor arquitectónico per se, o está declarado Bien de Interés Cultural, las posibilidades de instalar el aire acondicionado en la fachada serán mucho menores, llegando al extremo de forzar su retirada si se ha colocado el aparato sin haber solicitado un permiso previo.
¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal sobre el aire acondicionado?
Según esta ley, antes de instalar ningún aire acondicionado en la fachada, será conveniente contar con el visto bueno de todos los vecinos, es decir, por unanimidad. Esta decisión se podrá tomar en junta de vecinos, celebrada con carácter anual, aunque si hubiera cierta urgencia por instalar el aire acondicionado (llegada del verano con sus olas de calor cada vez más acuciantes), la administración que gestiona los temas de la comunidad puede encargarse de consultar vecino por vecino su opinión al respecto. Además, es buena idea consultar los estatutos de los vecinos, si los hay, para ver qué se dice al respecto.
También es cierto que en cierto tipo de viviendas de barrio, en la que la gran mayoría de vecinos cuenta con su aire acondicionado ya en la fachada, hay quien lo instala sin mediación previa y no encuentra después oposición. Eso sí, la obra debe realizarse con arreglo a todas las medidas de seguridad, con los debidos anclajes, pues en caso de desprendimiento, el hecho de no haber pedido permiso anteriormente podría constituir una agravante considerable a la hora de indemnizar con daños y perjuicios a los posibles damnificados.
Lo más recomendable es contar con un instalador oficial perteneciente a la Dirección General de Industria y Minas.
Dicho esto, ¿qué distancia debe guardar el aparato de aire acondicionado con respecto a las ventanas de los vecinos? Según la web Certicalia, la distancia mínima entre un aparato de aire acondicionado y la ventana de un vecino en una fachada debe ser de 2,5 metros para los pisos superiores. En caso de ventanas a la misma altura, la distancia mínima será de 2 metros.
También hay que tener en cuenta los requisitos relacionados con el ruido y el respeto al silencio de los vecinos, ya que si se superan los decibelios admitidos se podría iniciar un proceso, por parte de los vecinos, para pedir la retirada de aquel aire acondicionado que resulte una molestia.
En definitiva, antes de instalar un aire acondicionado, lo más indicado es hablar con el presidente de la comunidad para que te informe de las posibles complicaciones a la hora de colocar el aparato y consultar al resto de los vecinos antes de hacerlo, así como contar con un instalador homologado.
Siguiendo esas medidas, nos ahorraremos la desagradable situación de que nos obliguen a retirar el aire acondicionado de nuestra fachada.