Son muchas las dudas que cada día recibimos de nuestros propietarios de viviendas y que intentamos resolver de forma inmediata, pero hemos creído que es bueno tener agrupadas en un solo artículo aquellas dudas acerca de comunidades de propietarios, que más recibimos.
Para muchas de ellas recurrimos a nuestros administradores de fincas de cabecera, expertos profesionales que de forma sencilla y ágil ponen luz sobre estas dudas, que afectan de forma mayoritaria a los propietarios, desde temas financieros y legales a problemas técnicos que nos afectan en el día a día.
1.- ¿Qué ventajas tiene contar con un administrador de fincas colegiado?
Poder tener la seguridad de estar trabajando con un administrador de fincas colegiado, nos permitirá tener la seguridad que cuenta con estudios superiores, una formación específica mantenida en el tiempo, y con un Seguro de Responsabilidad Civil, que nos cubrirá en caso de ser necesario. Si contratamos a un Administrado de Fincas no colegiado, no podremos tener la certeza de contar con estas medidas de seguridad.
2. ¿Qué mayorías son necesarias para poder hacer obras en la Comunidad?
Este tema siempre es muy sensible, ya que no se puede generalizar y según el alcance tienen unas obligaciones u otras. En el caso de rehabilitación de fachadas por eficiencia energética, han de ser 3/5 partes del total de propietarios, en otras ocasiones esta cifra es diferente por lo que es fundamental preguntar por cada obra específica, antes de llegar a las votaciones.
3. Por minusvalía un vecino quiere mejoras en las zonas comunes. ¿Debe estar financiada la obra por todos los vecinos?
En este caso la respuesta es sencilla. Si.
La eliminación de barreras arquitectónicas para permitir una accesibilidad total y si el coste no excede de doce mensualidades para cada vecino, o si el solicitante paga de su propio bolsillo el excedente de las doce mensualidades, la obra o mejora podrá instalarse sin acuerdo de Junta. En caso de que se trate en Junta y se alcance el voto favorable de los propietarios, que también representan la mayoría de las cuotas de participación, obliga a todos independientemente del coste.
4. Hay una obra en la comunidad y quieren pasar por mi piso, ¿estoy obligado a dejar paso?
Pues también es afirmativa la respuesta. Según el Artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal, si para solventar la avería es necesario acceder a una vivienda, incluso romper en alguna zona de la vivienda, el vecino se deberá permitir el paso y la reparación determinada por el técnico competente, eso si, tras la reparación la vivienda afectada ha de quedar en su estado original y si el vecino ha de salir de la vivienda por imposibilidad de hacer vida en ella durante la obra, se deberá dar una solución al vecino afectado en forma de alquiler de un piso u hotel.
5. ¿Quién debe asumir deudas a la Comunidad de vecinos en la venta de una vivienda?
En el momento de comprar una vivienda, o un local, por ley el notario debe tener un certificado de pagos con la comunidad. Si hay deudas, deberán quedar abonadas por el vendedor. Una vez que el comprador ya es nuevo propietario, si existiesen deudas pendientes no reclamadas judicialmente al anterior propietario o incobrables, sería el nuevo propietario el responsable del pago de las deudas existentes.