¿Cuándo es legal hacer ruido en una Comunidad de Propietarios?


ruidos en comunidad
Prevent Security Systems    17/05/2022

Aunque a todos nos gustaría vivir en un entorno sin ruidos, lo cierto es que la actividad diaria en una Comunidad de Propietarios va unida a una serie de ruidos que, cumpliendo una normativa municipal y de convivencia, se consideran siempre legales.

Obras, actividades deportivas, el día a día de una familia, uso de electrodomésticos, pequeñas obras o clases de música en el domicilio, son actividades que provocan la alteración de nuestros vecinos si se realizan en horas no adecuadas o con un elevado nivel de decibelios. Entonces, ¿cuáles son los horarios legales para hacer ruido en casa y qué dictamina la ley de ruidos?

Son las Comunidades Autónomas y los ayuntamientos los que han de determinar las franjas horarias en las que se puede hacer un ruido “más elevado” de lo que entendemos normal en el día a día de una convivencia responsable y respetuosa.

Por ejemplo, en el Municipio de Madrid se ha dividido el día en tres períodos: diurno, vespertino y nocturno, con diferentes niveles de ruido y actividades permitidas en cada franja, restringiendo mudanzas y obras que supongan molestias para los vecinos, desde las 21 horas de la noche hasta las 8 horas de la mañana en días laborables y desde las 21 horas hasta las 9:30 horas en sábados, domingos y festivos.

En cuanto a la medición del ruido permitido en Madrid, los días laborables en horario diurno: de 7 a 23 horas, y festivos y fines de semana en horario diurno: de 8 a 23 horas se permite un máximo 35 decibelios. Días laborables en horario nocturno: de 23 a 7 horas, se permite un máximo 30 decibelios.

Anexo: Tabla de valores límite de ruido transmitido a locales colindantes por actividades.

Aquellos vecinos que decidan saltarse la normativa pueden enfrentarse a multas que pueden ir desde los 750€ hasta los 3000€, dependiendo si se trata de una infracción leve, graves o muy graves. En este último caso y con multas que pueden llegar al tope de 3.000 euros, se consideran aquellas actividades que superan en más de 7 decibelios lo exigido por ley, y se realizan de una forma mantenida en el tiempo o con una frecuencia muy elevada.

Por tanto, si están haciendo obras fuera del horario estipulado, o nos hemos ido a pasar el fin de semana al pueblo y nuestros hijos han decidido organizar una fiesta muy ruidosa, aconsejamos comprobar a los vecinos que entiendan que el nivel de ruido supera el máximo permitido en esa franja horaria, con un sonómetro o incluso con una aplicación para nuestro móvil, antes de avisar a nuestro presidente de la comunidad de vecinos o a la policía municipal, de cara a mantener las normas habituales de convivencia en la comunidad.

 

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