Medias de seguridad después del COVID-19 en tu edificio


Medias de seguridad después del COVID-19 en tu edificio
Paula Díaz - Asesora legal de Prevent Security Systems    07/07/2020

La vida va y viene y no se detiene por nada, mucho menos por el Covid-19, atrás ha quedado el miedo y las medidas de contención adoptadas, impactando en la esfera económica y social difícilmente calificable y cuantificable, que supusieron reducir la actividad económica y social de forma temporal, ahora toca afrontar la vida con medidas para la prevención del Covid-19 en tu edificio.

Nos referimos a todo aquello que a lo largo de estos más de 60 días hemos ido implementando en nuestro día a día para dar esquinazo a este compañero que se ha juntado con nosotros sin ser invitado.

Medidas eficaces para prevención del Covid-19 en tu edificio:

1.- Lavado de manos con agua y jabón o geles hidroalcohólicos

Empecemos por las manos, se ha demostrado que una de las formas más eficientes para frenar esta pandemia es algo tan rutinario como lavarnos las manos con agua y jabón. Obviamente no tenemos siempre a mano este bien tan preciado, es por ello que la alternativa nos ha llegado con los geles hidroalcohólicos, que como su nombre indica deben contener un porcentaje de alcohol. En este punto debemos hacer un inciso, puesto que no todos los hidrogeles son válidos, los que nos interesan son aquellos cuyo porcentaje en alcohol esté al menos en un 70 % para que la función antiséptica, que es la que buscamos para evitar el Covid-19, sea efectiva.

Otro punto que hay que señalar por raro que parezca es que el alcohol es inflamable por lo tanto si después de higienizarte las manos con el hidrogel vas a usar fuego como puede ser un mechero, DEBES recordar que has de esperar un tiempo prudencial (Que son 10 segundos en tu vida) para que se volatilice el alcohol y no se inflamen tus manos con la llama.

El uso de estos hidrogeles será más asiduo como medida para la prevención del Covid-19 en tu edificio si utilizas las escaleras y te apoyas en el pasamanos, si no dispones de la aplicación abrepuertas en tu comunidad de vecinos, con lo que te permitiría desde un dispositivo seguro como tu móvil acceder a tu vivienda, debes una vez utilizado el pomo higienizarte las manos … Sin embargo, puede que prefieras hacer uso de los guantes con el fin de evitar posibles lesiones cutáneas en las manos.

Al respecto sólo recordarte que el hecho de que lleves los guantes no te hace invulnerable, sobre todo si con esos mismos guantes con los que has pulsado el botón del ascensor te rascas, la nariz, los ojos o manipulas tu mascarilla.

2.- Uso de la mascarilla

La mascarilla es un complemento indispensable en nuestra vida cotidiana, en tanto en cuanto que la normativa nos obliga a su uso, así lo recoge el artículo 6 del Real Decreto Ley 21/2020 del 19 de Junio, que lo califica como una medida de prevención e higiene, como que la OMS lo recomienda.

Regula el Real Decreto Ley, la obligación del uso de la mascarilla en los siguientes supuestos:

  • En la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros.
  • En los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.
  • En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote o en sus cubiertas o espacios exteriores cuando resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros.

Así mismo también nos indica que no es exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. Tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

Tal como recomiendan los Administradores de Fincas colegiados se debe hacer uso de la mascarilla en tu edificio comunitario para prevenir el Covid-19 ya que en la mayor parte de las zonas comunes, como portales, escaleras, entrada y salida del ascensor... no podremos mantener la distancia de 1,5 metros si tenemos un encuentro fortuito con un vecino.

Sin embargo, la OMS también advierte de la falsa seguridad que puede provocar el uso de las mascarillas, porque el uso exclusivo de estas no protege frente al COVID-19, es la suma de todas las precauciones; distanciamiento social, lavado de manos y no tocarse la cara.

3.- Mantener el distanciamiento social: Control de aforo en piscinas y zonas recreativas

Todo lo que hemos comentado está muy bien, sin embargo, no hay que olvidar que es verano, y hay muchas comunidades que tienen piscinas.  Es cierto que ha reinado la incertidumbre, hasta el punto de que muchas comunidades de propietarios han planteado, incluso decidido, no hacer uso de esta instalación tan socorrida con los calores estivales, no obstante, podemos disfrutar de las mismas y de otras zonas recreativas de tu edificio, como puede ser pista de Pádel, Tenis, gimnasio y gozar del verano, previniendo el Covid-19, siempre con cabeza y con ayuda de las tecnologías.

Con la nueva normalidad el aforo de estas dependencias no es tan restrictivo, de hecho, pasamos para las piscinas colectivas recreativas a un 50%, así lo recoge la Orden 668/2020, de 19 de Junio, al menos hasta el 5 de Julio cuando deja de ser efectiva. Indica además que el órgano gestor de la instalación organizará turnos de horarios. Para esta modalidad, así como para el uso de las instalaciones deportivas no hay nada mejor que una aplicación que nos permita la reserva de las instalaciones, evitando el dichoso papel, y garantizando que ese registro esté disponible para las autoridades sanitarias, realizando una trazabilidad impecable, en caso de que alguno de los vecinos o personal no conviviente de positivo.

Obviamente las desinfecciones deben de ser frecuentes y en todo momento debe ser respetada y marcada mediante señales en el suelo la distancia de seguridad de 1,5 metros. Compartiremos junto al hilo musical de la piscina el recordatorio de las medidas que debemos tener.

Disfruta del verano, con cabeza, con seguridad

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