La compra de un inmueble puede tener sorpresas ocultas, las más frecuentes son las posibles deudas pendientes con la comunidad de propietarios, la luz o el gas.
El nuevo propietario para poder iniciar las posibles reformas o entrar a vivir en la propiedad deberá dar de alta o tramitar una nueva titularidad de los suministros básicos, como el gas, la luz, o el agua.
Lo que es habitualmente un proceso que puede llevar pocos días, se puede alargar si la vivienda tiene cuentas pendientes, por eso la importancia de conocer si el vendedor lleva los pagos al día. Hay que tener presente que las deudas pueden haber llegado al embargo de la casa, lo que puede suponer futuras complicaciones.
El primer paso es acercarse al Registro de la Propiedad de la ciudad donde está la vivienda que se desea adquirir y solicitar una nota simple, que nos indicará la situación actual del inmueble, en la que aparece la titularidad de la vivienda o del local, si tienes cargas, si está embargada, entre otras.
Tras conocer la situación actual de la vivienda, el siguiente paso es dirigirnos a las compañías administradoras para informarlas que las deudas, si las tiene esa vivienda, ya no corresponden al nuevo propietario.
Los suministros básicos van imputados sobre el titular de la vivienda, no sobre la vivienda, por lo que no deberán ser abonados por el nuevo comprador. En esta situación lo más eficaz es dar de baja el servicio contratado por el antiguo propietario y crear uno nuevo con esa comercializadora o con otra que nos parezca más interesante, sin embargo, en algunas ocasiones, estas compañías de suministros pueden obligarle a liquidar la deuda del anterior titular, para poder ponerlos a su nombre, por ese motivo es tan importante conocer las posibles deudas de la vivienda antes de efectuar la compra definitiva.
La Ley de Propiedad Horizontal puede acogerse al mecanismo jurídico de “afección real”, que coloca a l nuevo comprador en una situación muy complicada, llegado el caso nos pueden obligar al abono de las deudas que recaen sobre una vivienda, independientemente de quién sea el deudor.
En definitiva, el futuro propietario tiene dos opciones, hacer cambio de titularidad siendo conscientes que las compañías solicitan el abono de los importes impagados para así poder poner los contratos al nombre del futuro propietario, o cancelar el contrato de suministros y se dé de alta en unos suministros nuevos, aunque si tiene deudas no suelen permitir la cancelación.
En definitiva será el nuevo propietario el que deberá hacer frente a las deudas del anterior dueño para así evitar problemas mayores. Por tanto, lo más recomendable será revisar de antemano si existen cargas y deudas en los inmuebles.
